La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Ricardo Echegaray, extendió el alcance de la Factura Electrónica a las empresas promovidas y particulares que gocen de beneficios fiscales con el fin de otorgar mayor transparencia a los patrocinios otorgados por el Estado.
A través de la resolución general 3056, publicada en el Boletín Oficial, el viernes pasado, la AFIP estableció que las firmas que están alcanzadas por los beneficios de la Ley de Promoción Industrial 22.021 y sus modificatorias y complementarias deberán emitir comprobantes electrónicos originales a partir del 1ª de mayo de 2011.
«El objetivo de la AFIP es intensificar el uso de herramientas informáticas destinadas a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como optimizar las funciones de fiscalización de los gravámenes a su cargo», señaló Echegaray al tiempo que aclaró que la obligatoriedad de utilizar el Régimen de Factura Electrónica para las empresas promovidas sólo abarca para sus operaciones de venta dentro del mercado interno.
Los comprobantes que se deben facturar electrónicamente son las Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito clases «A» y «B». Además, tendrán que entregar comprobantes en forma separada por actividad y proyecto.
Según explicó el administrador federal, esta medida «permitirá acotar el campo de acción de quiénes operen con facturas apócrifas, como así también optimizar los procesos de control del cumplimiento de los proyectos promocionados y el conocimiento temprano de los sujetos intervinientes en las transacciones».