Por: Ignacio Vaca Viviani (*)
La promulgación del nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) por parte de Gobierno de Argentina, introduce cambios significativos en la gestión y operación en uno de los ejes principales del transporte fluvial de Argentina. Este decreto, registrado bajo el expediente EX-2024-55679690-APN-DGD#MTR, deroga los anteriores decretos N° 949/2020 y 556/2021, y redefine el marco para la concesión y mantenimiento de esta vital infraestructura.
Entendemos que resulta de total importancia que la Subsecretaria de Puerto y Vías Navegables y Marina Mercante, sostenga la capacidad para armar los pliegos, licitar y adjudicar licitaciones de concesiones u obras. Ya que según indica el DNU, estas estarán bajo el control de las diferentes áreas de la Nación, como ser el Poder Ejecutivo la Secretaria de Transporte, el ministerio del que dependa, de la AGN, del Congreso vía los mecanismos de control previstos en la Constitución.
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Otro punto a destacar es el rol del actual operador de la Hidrovía, que desarrolla su tarea con total eficiencia y debido a la importancia económica que tiene la vía en el comercio exterior de Argentina, cambiar o entrar a probar nuevos operadores, sería a priori aventurado.
Es necesario recordar que Argentina, tuvo una posición preponderante en el transporte marítimo, fluvial, y en la evolución del mercado naviero internacional. Y también es preciso recordar que a partir del año 1990, el país perdió flotas marítimas y fluviales por no saber cómo adaptarse a lo que ocurría en el mundo naviero. Es por esta razón que el vital que “quien ocupe la subsecretaria debería conocer el sector y tener una visión geopolítico que sea en beneficia de los intereses de la Nación”, expresa al respecto una fuente calificada del mundo naviero.
Contexto y consideraciones de la norma
La Vía Navegable Troncal, que abarca desde el kilómetro 1238 del Río Paraná hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, es fundamental para el desarrollo económico del país. A través de la Ley N° 24.385, se estableció un acuerdo internacional para facilitar la navegación y el transporte comercial en esta ruta, suscrito por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay.
El DNU destaca la importancia estratégica de esta vía y la necesidad de modernizar y mantener sus operaciones para asegurar la competitividad y eficiencia del transporte fluvial. Además, el Artículo 235 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley de Navegación N° 20.094 refuerzan el carácter público de estas aguas, bajo la jurisdicción nacional.
¿Cuáles son las principales modificaciones?
El nuevo decreto introduce las siguientes disposiciones clave:
- Derogación de Normas Previas: Se eliminan los decretos N° 949/2020 y 556/2021, y los artículos 3 y 4 del Decreto N° 427/21, que anteriormente regulaban la concesión y gestión de la vía navegable.
- Delegación de Facultades: La Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, será la encargada de realizar el llamado y adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la modernización, operación y mantenimiento de la vía navegable. Esto incluye las tareas de señalización, dragado y redragado, sin aval del Estado.
- Transición y Continuidad: Hasta que se adjudiquen los nuevos contratos de concesión, la Administración General de Puertos Sociedad del Estado (AGPSE) mantendrá la administración de la vía, garantizando la navegabilidad y el nivel actual de servicio.
- Revisión de Contratos: Se instruye a la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables a revisar integralmente el contrato de concesión actual para simplificar su objeto y facilitar la ejecución inmediata de obras de mejora.
- Colaboración Interinstitucional: La Subsecretaría podrá requerir la colaboración de otros organismos administrativos para la elaboración de pliegos y estudios técnicos y ambientales necesarios para la licitación.
- Control y Monitoreo: La Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables actuará como órgano de control de las concesiones adjudicadas, garantizando la regularidad y eficiencia en la prestación de servicios.
- Declaración de Servicio Público: Se declara como servicio público todas las actividades relacionadas con la navegabilidad de la Vía Navegable Troncal y demás vías navegables del país.
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Impacto y expectativas
Este nuevo decreto busca mejorar la infraestructura y operación de la Vía Navegable Troncal, esencial para el comercio exterior y el desarrollo regional. La modernización y eficiente gestión de esta vía no solo potenciarán el transporte fluvial sino que también contribuirán a la seguridad náutica y al desarrollo económico de Argentina.
El gobierno nacional enfatiza la necesidad de esta medida urgente para asegurar la continuidad y calidad de los servicios, en un marco de transparencia y eficacia administrativa. Las autoridades esperan que estos cambios propicien una gestión más efectiva y alineada con los intereses nacionales y regionales, consolidando a Argentina como un hub logístico fluvial clave en Sudamérica.
Como referentes de un medio especializado en el sector del comercio exterior mantenemos constante diálogo con diversas fuentes y realmente el segmento marítimo fluvial se encuentra muy expectante del destino que tendrá el sector. “La Cancillería debe ser consciente de la importancia que tiene la logística en el comercio exterior, que quien maneje la logística te puede hacer ganar mercados, pero también perderlos o condicionarlos”, indican fuentes destacadas y remarcan que el acuerdo que se firmó el 2019 entre UE y Mercosur “les dejaba en manos de la UE, o mejor dicho en manos de las navieras internacionales nuestro comercio exterior”.
Sin olvidar que el puerto de Buenos Aires fue el HUB de la cuenca del Plata, esto por falta de una visión estratégica y geopolítica se perdió.”Los proyectos sobre el puerto son parches que no van a cambiar su destino, ser un puerto feeder. Esto va a ser más costos para el comercio exterior, la carga”, concluyen especialistas.
(*) Editor ComexOnline.
Nota completa publicada en Revista Énfasis edición julio 2024.