La cartera energética, encabezada por María Tettamanti, justificó la medida con argumentos vinculados a tendencias globales en la transición energética del transporte marítimo. En los considerandos de la resolución, se destacó que “en la actualidad el uso de biocombustibles en embarcaciones marítimas se encuentra en aumento, en tanto tienen el potencial de reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero del sector marítimo”.
La decisión también tiene implicancias sobre el mercado interno de biocombustibles, al generar una nueva fuente potencial de demanda. Para el sector productor, representa una oportunidad de expansión en un contexto de consumo estancado o condicionado por límites regulatorios. Especialistas del rubro han subrayado que las embarcaciones de cabotaje o aquellas dedicadas a la logística fluvial podrían beneficiarse del uso de biodiesel por su menor impacto ambiental y la disponibilidad local del insumo. No obstante, la aplicación práctica dependerá de factores técnicos y económicos que cada operador evaluará de forma individual.
Operador de Bunker
La resolución también introdujo una modificación en el Registro de Operadores de Biocombustibles y Mezcladores al incorporar la figura del “Operador de Bunker”. Se trata de un actor específico del sector marítimo, definido como “todo aquel que se especializa en el suministro de biocombustibles para barcos, ya sea con o sin instalaciones propias de almacenaje para el desarrollo de la actividad”. Esta figura no estaba contemplada anteriormente y apunta a ordenar el circuito logístico y comercial del abastecimiento en muelles y puertos.
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Para inscribirse como operador de bunker, los interesados deberán acreditar una serie de requisitos técnicos y administrativos. Entre ellos, constancia de inscripción como almacenador, certificado de auditoría de seguridad, habilitación ambiental, antecedentes técnicos del responsable de planta, y autorización aduanera. En los casos en que no cuenten con instalaciones propias, será obligatorio presentar un contrato con una empresa inscripta como almacenadora.
Esta regulación busca asegurar estándares mínimos de seguridad operativa y trazabilidad en la distribución de combustibles alternativos. Con esta medida, el gobierno busca facilitar una transición gradual hacia combustibles más sostenibles en el transporte fluvial y marítimo sin imponer obligaciones que puedan afectar la competitividad de los operadores.
Al mismo tiempo, se abre un nuevo canal de comercialización para los biocombustibles de origen nacional, en un contexto donde la diversificación de la matriz energética es uno de los ejes estratégicos. Resta observar el grado de adhesión que tendrá la iniciativa entre las empresas navieras y los condicionantes técnicos que puedan surgir en su implementación efectiva.